viernes, 26 de abril de 2024

¿POR QUÉ NO SE PRESTA MÁS ATENCIÓN Y APOYO A LAS SOLUCIONES QUE OFRECE EL “TERCER SECTOR” PARA HACER ASEQUIBLE LA VIVIENDA?

 Las llamadas “políticas de vivienda” centran la atención en normativas varias que generalmente no son consensuadas y que, en la mayor parte de los casos, no pasan de ser propuestas de actuación, promesas que no llegan a verse plasmadas en realidades tangibles.


Así, las dificultades para acceder a una vivienda digna y adecuada se mantienen invariables a lo largo del tiempo sin que se acabe de reconocer que los diagnósticos y los tratamientos del “problema” vienen siendo recurrentemente erróneos. 

Se reconocen la necesidad contar con la colaboración de la iniciativa privada y de utilizar todas las formulas posibles para atender la necesidad de una vivienda asequible para todos los niveles de renta, pero no se avanza en esa dirección.

Es muy escasa la atención que prestan los medios a este tema aunque es sobradamente conocida la eficacia de asociaciones sin ánimo de lucro o de lucro limitado en otros países europeos, pero no se apoya con el necesario amparo normativo ni económicamente a las entidades que por iniciativa propia se esfuerzan en ese objetivo en España. Tal es el caso de las integrantes de AVIVAS, “Alianza por la Vivienda Asequible y Social”, que llevan “décadas trabajando para ampliar el parque de vivienda social y asequible desde el no lucro”.
JULIO VINUESA

lunes, 8 de abril de 2024

SE NECESITAN SOLUCIONES PERMANENTES, NO SOLO “PARCHES”

 

Utilizar el patrimonio municipal del suelo para afrontar el problema de la vivienda mas que una propuesta acertada es una necesidad, pero enajenarlo es un error.




En nota de prensa  el Ayuntamiento de Madrid anunció el pasado febrero el lanzamiento de un “nuevo modelo de gestión del suelo para promover el alquiler social asequible". Se dice que es la primera vez que el Ayuntamiento de Madrid afronta el problema de la vivienda mediante lo que denomina Estrategia de Gestión de Patrimonio de Suelo 2023-2027. Se presenta como un nuevo modelo de gestión del ayuntamiento que persigue aumentar la oferta de alquiler a precios asequibles, pero adolece de un grave error: la enajenación del suelo publico. 

Se anuncia la construcción de 640 viviendas distribuidas en las 12 parcelas que se enajenan y que están localizadas en 8 distritos distintos, lo cual sería muy de valorar por los aspectos positivos que comporta en aras del equilibrio y la cohesión territorial. 

El suelo va a ser enajenado, adjudicándose mediante convocatoria de concurso público en el que lo que más se valorará de las propuestas de los promotores es la limitación del precio del alquiler (60%), mientras que la propuesta edificatoria (20%) y la propuesta económica más ventajosa (20%) tendrán un peso mucho menor. 

El precio máximo de arrendamiento no podrá superar el 25 % de los ingresos de la unidad familiar y el 25% de las viviendas deberán reservarse para jóvenes de hasta 35 años. En este caso las dudas surgen en relación con la forma en que se gestione la selección de los inquilinos y la determinación de los precios de los alquileres. Según se indica en la “Estrategia”, habrá que tener en cuenta los precios del mercado y del esfuerzo económico a soportar por cada familia. 

Se dice que las mayores minoraciones de los precios de los alquileres con respecto a los del mercado se producirán en las zonas que “identifique un mayor desequilibrio entre los precios del mercado del alquiler y la renta media por hogar” y que con ello se busca también “moderar las rentas de alquiler de la vivienda libre”. Siendo posible un cierto efecto positivo sobre el mercado, no cabe ser muy optimista mientras esta oferta no sirva para atender permanentemente una parte significativa de la necesidad de vivienda. También dependerá de lo restringida que sea la población potencialmente beneficiaria de una de estas viviendas.

Pero lo más cuestionable es que los promotores solo están obligados a mantener las limitaciones de precios del alquiler (y la cesión en alquiler) durante 15 años. Esa es la fecha de caducidad del efecto positivo que se persigue con esta actuación en la que, al venderse el suelo, el Ayuntamiento pierde la capacidad para seguir utilizando un recurso público fundamental con el que poder atender la necesidad de los madrileños de una vivienda en alquiler a precios asequibles.   

Es razonable pensar que el diseño de la estrategia esté condicionado por exigencias de equilibrio en las financias locales y por las expectativas de rentabilidad de los adjudicatarios de las parcelas. Pero es necesario encontrar formulas acordes con la capacidad de las finanzas locales manteniendo el patrimonio público de suelo. No es tarea simple ni fácil. Para crear y mantener indefinidamente un parque de viviendas en alquiler a precios asequibles hará falta tiempo, pero no se logrará si no se conserva y se incrementar el patrimonio publico de suelo.

También es una condición necesaria la colaboración de las administraciones con agentes privados, especialmente si se trata de organizaciones sin ánimo de lucro o de lucro limitado, pero nunca mediante la enajenación del suelo público. En este caso la medida puede tener un efecto positivo de duración limitada (un "parche”), pero a medio y largo plazo será contraproducente.  

Julio Vinuesa

lunes, 11 de marzo de 2024

LOS IMPUSTOS A LA VIVIENDA VACÍA: UN EJEMPLO MÁS DE LOS PERSISTENTES ERRORES EN POLÍTICA DE VIVIENDA

 El Instituto Catalán de Evaluación de políticas públicas ha publicado el informe de “Evaluación del Impacto del Impuesto sobre las viviendas vacías de Cataluña”. Las conclusiones vienen a refrendar lo que ya se conoce desde hace muchos años: La penalización económica a los propietarios de viviendas vacías no es operativa ni ayuda a mejorar la oferta de alquiler. 




En 2015, el Parlamento de Cataluña aprobó la Ley 14/2015, del impuesto sobre las viviendas vacías (IHB) con el que se pretende reducir su stock y aumentar así la oferta de alquiler social. En el informe del ivàlua, tras evaluar la modificación en el mercado inmobiliario tras la aplicación el IHB, de dice: “en términos del mercado inmobiliario, no se observan cambios en el porcentaje de viviendas vacías ni en el precio del alquiler como consecuencia del impuesto”.

Al elaborar el informe se duda de la definición de las viviendas vacías y de los datos estadísticos al respecto, así como de la fiabilidad y la expresividad de la información de la evolución de los precios. 

Se advierte, por tanto, de que hay “tener mucho cuidado con las conclusiones… ya que los errores de medida, falta de información y datos temporales durante un período de tiempo prolongado y otros cambios legislativos contemporáneos hace que los estimadores puedan estar sesgados”.

El informe termina con recomendaciones en torno a la necesaria mejora del registro de viviendas vacías y al seguimiento del uso de los recursos obtenidos con el impuesto. Nuevamente se trata de algo recurrente en las políticas de vivienda. Es necesaria más y mejor información para la ejecución de las actuaciones y para la evaluación de sus resultados. 

Hay que insistir una vez más sobre la indeterminación conceptual y jurídica para poder calificar sin riesgo de error una vivienda vacía. La ley por el Derecho a la vivienda,  (Disposición Final Tercera), insiste nuevamente en el mismo error, eludiendo las deficiencias de  experiencias  anteriores.  

Julio Vinuesa

viernes, 1 de marzo de 2024

2.500 MILLONES EN AVALES: NO ES LA SOLUCIÓN, ES REPETIR UN ERROR

 


 
Compartimos el artículo que hemos publicado el día 29/02/2024 en 


"... el Gobierno ha puesto en marcha a través del ICO una línea de avales para “facilitar que unos 50.000 jóvenes y familias con menores a cargo adquieran su primera vivienda”..."

...."Ofrecer avales para endeudarse al 100% puede ser más un riesgo que una auténtica solución para los hogares, que podrán verse atrapados en unas arriesgadas exigencias de pagos durante muchos años."

...Por la propia dinámica del mercado, los avales animarán la demanda ...  provocará la subida de los precios, lo que pone de manifiesto que esa medida a quien, realmente, ayuda es a la oferta. "


La medida de los avales a las hipotecas viene "madurando" desde junio de 2020.

viernes, 23 de febrero de 2024

¿EL 80% DE LOS CATALANES A FAVOR DE LA REGULACIÓN DE LOS PRECIOS DE LA VIVIENDA? NO NOS HAGAMOS "TRAMPAS EN EL SOLITARIO"

 


Según la “Encuesta de valores en Cataluña, 2023”, elaborada por el CEO de la Generalitat: “ocho de cada 10 catalanes creen que se deberían regular los precios de los alquileres".


Es el resultado de una de las respuestas del cuestionario de 96 preguntas, algunas -como la que nos ocupa- son afirmaciones sobre aspectos tan relevantes como absolutamente dispares, para que los encuestados expresen su grado de acuerdo:

 



Si de verdad queremos resolver el problema de la vivienda, no deberíamos hacernos “trampas en el solitario”. Si la muestra de la encuesta es representativa, mas del 80% de los encuestados son propietarios de una vivienda. ¿Alguien puede creer que se obtendría la misma unanimidad en la respuesta si en la encuesta se pregunta si deben regularse los precios de todas las viviendas, también los de venta? 


Es un error disociar los mercados de alquiler y de venta. El precio del alquiler guarda relación con el valor de la vivienda, es la rentabilidad de la inversión que ha supuesto la compra. 


¿Se puede cuestionar que los propietarios de una vivienda deseen, legítimamente, que su vivienda, su inversión, su patrimonio, aumente progresivamente de precio Ese deseo no seria diferente si se ha comprado la vivienda como inversión para obtener una rentabilidad o si se trata de la residencia familiar. Seguro que los encuestados propietarios no estarían de acuerdo con que se limitase, incluso se redujese, por ley el valor en el mercado de su patrimonio, la herencia de sus hijos.  Se opondrían tajantemente. Imaginar otro comportamiento es confundir los deseos con la realidad. 


Por encima de las respuestas a "preguntas trampa" (por el contexto social en que se formulan) la experiencia enseña que la intervención en el mercado para controlar por ley los precios del alquiler no resulta eficaz y solo su anuncio ya provoca efectos contrarios a los que se persigue. La acción pública tiene que centrarse, mediante acciones positivas de diversa naturaleza, en conseguir una oferta suficiente de viviendas en alquiler a precios asequibles, regulados al margen del mercado

Julo Vinuesa

lunes, 12 de febrero de 2024

REFLEXIONES SOBRE LA DECLARACIÓN DE "ZONAS DE MERCADO RESIDENCIAL TENSIONADO"


La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, (art.18) abre la posibilidad de que las “administraciones competentes” declaren “zonas de mercado residencial tensionado” cuando “exista un especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población”, con objeto de poder aplicar en ellas medidas que “hagan asequible” la oferta. De las posibilidades de actuación que ofrece el art. 18, la regulación de los precios del alquiler es la que ha tenido mayor resonancia, quizás por las previsibles “reacciones defensivas” de los arrendadores, por los temores a los posibles efectos perversos que podría provocar y por las dudas que surgen en cuanto a la operatividad y la eficacia de su aplicación.
Un mercado de vivienda excesivamente caro constituye un factor de localización negativo (incluso de expulsión) para los hogares y también es un filtro para las actividades económicas en la ciudad. En una economía de mercado, como la que rige en nuestras ciudades, los precios del suelo y de la vivienda son causa de la segregación social a través de la organización del espacio urbano. La vivienda, en compra o alquiler, es un bien costoso por naturaleza y los procesos de encarecimiento (reiterados a lo largo de la historia)  exigen un esfuerzo económico excesivo para la inmensa mayoría de la sociedad y la hacen inasequible para los segmentos de población con menos nivel de renta. 

Cuando el mercado no es capaz de proporcionar una oferta asequible, se hace necesaria la intervención subsidiaria de los poderes públicos para garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada. Pero, con frecuencia, urgidos por el agravamiento del problema, intervienen con medidas paliativas sobre las consecuencias, en lugar de afrontar la corrección de las causas: tal es el caso de las medidas con las que se pretende controlar administrativamente los precios de mercado. 

El citado artículo 18 de la Ley establece el procedimiento a seguir para la “declaración de zonas de mercado residencial tensionado”, que debe justificarse con “indicadores de los precios en alquiler y venta de diferentes tipos de viviendas… indicadores de nivel de renta disponible de los hogares residentes y su evolución en el tiempo”, con objeto de “medir la evolución del esfuerzo económico que tienen que realizar los hogares para disponer de una vivienda digna y adecuada”. 

La primera dificultad técnica que planteará el procedimiento será poner los límites territoriales correctos a la zona en la que, según valores medios de precios y de rentas, “exista un especial riesgo de oferta insuficiente”. Como es bien sabido, los valores medios de los indicadores que determinan la condición de un “área problema” pueden variar en función de su delimitación. Además, en muchos ámbitos urbanos, los valores medios estarán ocultando una fuerte dispersión. Incluso en el supuesto de que, para delimitar las “zonas tensionadas”, se utilizaran técnicas de análisis georreferenciado, la probable dispersión estadística de los valores, la ausencia de homogeneidad, podría eliminar su utilidad. Todo ello, sin entrar a cuestionar la dudosa fiabilidad de los datos de precios.

La elevación de los precios medios de alquiler, que se quiere combatir con las medidas reguladoras, no siempre será consecuencia de las tendencias alcistas del mercado. Por ejemplo, en un área central con un parque antiguo y degradado, la renovación de algunos inmuebles, para convertirlos en apartamentos de lujo en alquiler, hará pensar injustificadamente en una notable elevación de los precios en la zona. Es amplia la casuística de las inconsistencias que se pueden producir por el “voluntarismo” de fijar unos precios homogéneos de referencia para ofertas de viviendas muy heterogéneas (antigüedad, conservación, tamaño, distribución, orientación, equipamientos, planta, tipo de edificio, calle, entorno urbano…). 

Similares cuestionamientos pueden plantearse en relación con la pretensión de que el nivel medio de renta disponible de los hogares residentes en “la zona” (probablemente muy diversos en tamaño y composición) sirva para detectar con la precisión necesaria los hogares en situación de “esfuerzo económico” excesivo o excluyente. 

Con todo, la principal deficiencia del procedimiento, que obliga a dudar de su operatividad y de su eficacia para el fin que se persigue, está en la interpretación errónea que se hace del “mercado residencial”. El procedimiento propone delimitar y calificar una “zona de mercado residencial tensionado”, considerando sólo la oferta y la demanda interna del ámbito, con el propósito fundamental de regular en ella los precios del alquiler para hacerlos asequibles a “la población residente”. No se tiene en cuenta que, en realidad, el mercado de vivienda incluye también una potencial demanda exógena. Los mercados mas tensionados se localizan en ámbitos de carácter metropolitano y, como ya se ha dicho, será complicado delimitar “zonas tensionadas” por los precios de los alquileres, pero es un error conceptual querer circunscribir a espacios concretos los hogares en situación de sobreesfuerzo e inasequibilidad. ¿Se va a priorizar el derecho a la vivienda de los hogares en función de su lugar de residencia?

Con la “declaración de zona tensionada” se intenta corregir una situación de “oferta insuficiente” para la “población de la zona”, pero la oferta de precios asequibles, que hipotéticamente se generaría, quedaría, inevitablemente, también a disposición de los hogares procedentes de fuera de la zona y razonablemente, en igualdad de condiciones, los arrendadores preferirán a los inquilinos que dispongan de una mayor renta disponible. La limitación administrativa de los precios no favorecería necesariamente a residentes de la zona tensionada, ni a los que tengan que hacer un mayor esfuerzo económico para pagar el alquiler. 

Además, antes de declarar una “zona tensionada” habría que considerar, también, algunos posibles efectos colaterales negativos: ¿Se ha pensado que la aplicación de limitaciones de precios en zonas con mayor centralidad, favorezca, por ejemplo, los procesos de gentrificación?  ¿Cómo se va a impedir que la oferta de alquiler residencial, derive hacia otros usos sin restricciones de precios (alquiler de temporada, uso turístico…)?  ¿Cómo se van a evitar las consecuencias negativas de los inevitables “efectos frontera” entre zonas con diferentes regulaciones?

Julio Vinuesa

sábado, 10 de febrero de 2024

MÁS SOBRE EL CONTINUISMO DE LA "OPERACIÓN CAMPAMENTO" EN LOS MODELOS DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

 


Traemos aquí  algunas opiniones vertidas en un articulo publicado en "
El Salto"





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Recuperar la "Operación Campamento" es, en realidad, continuar con un modelo de desarrollo urbano propio de otras épocas. Mas acorde con el pasado que útil para atender las necesidades actuales y futuras de vivienda. 


Hay que insistir en que, en gran medida, la gravedad del problema de la vivienda se debe a la práctica inexistencia de un parque público de vivienda y a la insuficiente inversión pública, en ambos estamos muy por debajo de los principales países de la UE. Buena parte de la solución pasa, necesariamente, por disponer de suelo público sobre el que promocionar vivienda en alquiler a precios asequibles. 


Para intentar actuar eficazmente sobre el problema  hay que comenzar por un conocimiento riguroso del parque existente y de las necesidades de vivienda, diferenciando  necesidad y demanda. Priorizar le regeneración de los parques residenciales existentes, para optimizar su uso, con la finalidad de maximizar la oferta de alquiler asequible, mejorando la habitabilidad y la eficiencia energética. 

 

En la promoción de nuevas viviendas la política para satisfacer el derecho a la vivienda debería centrarse en un pacto social, mejorar la cooperación y coordinación interadministrativa para llegar a disponer de un parque de vivienda en alquiler a precios asequibles, que sea capaz de atender con la flexibilidad requerida las necesidades de vivienda de al menos un 20% de todos los hogares.

Julio Vinuesa