martes, 4 de junio de 2024

LA NECESARIA REFORMA DE LA LEGISLACIÓN URBANÍSTICA

  

Tras la retirada por el gobierno del "Proyecto de Ley por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2015", antes de iniciar su trámite parlamentario, la Unión de Agrupaciones de Arquitectos Urbanistas de España (UAAU) y la Asociación Española de Técnicos Urbanistas (AETU), han emitido un comunicado en el que solicitan que el citado Proyecto de ley “vuelva a ser tomado en consideración y aprobado en el menor plazo de tiempo posible”. 

Indican que siendo necesaria una reforma de “una mayor profundidad”  el proyecto retirado venía a “solucionar dos de los principales problemas que dificultan la necesaria mejora y actualización de los planes urbanísticos de nuestros pueblos y ciudades: la lentitud de su tramitación y, sobre todo, la indiscriminada nulidad de planes urbanísticos completos, que ha supuesto la paralización de la actividad urbanística y la regresión, en numerosas ciudades españolas, a planeamientos elaborados, en muchos casos, hace varias décadas.”

Creen también “…que la aprobación de la reforma, ahora interrumpida, supondrá un impulso a la redacción, tramitación y aprobación de una nueva generación de planes urbanísticos que incorporarán los valores y principios de la sociedad a la que sirven, basados en el desarrollo sostenible y sus tres dimensiones: consideración medioambiental, cohesión social y desarrollo económico”.

Señalan, por último, que la reforma de la Ley “es absolutamente necesaria para impulsar una actividad que, ante todo, garantiza la defensa del interés público a través de la adecuada planificación de las estrategias para una gestión inteligente y sostenible de las ciudades y territorios.”

Es difícil estar en desacuerdo con el comunicado de las “principales asociaciones profesionales de la planificación urbana en el Estado Español”, pero no por ello hay que dejar de recordar que la planificación urbanística sigue siendo heredera de los fundamentos de la Ley del Suelo 1956, redactada para una fase del desarrollo urbano que poco tienen que ver con la evolución de nuestras ciudades desde los años 90 y que es obviamente inadecuada para planificar las ciudades en el futuro. Es hora ya de afrontar el cambio de modelo que se viene reclamando desde hace decenios en los foros profesionales y académicos.

Felipe Iglesias dejaba muy clara la senda a seguir en un artículo publicado en Expansión  hace poco más de dos meses:

…el gran reto que tiene en la actualidad el sistema urbanístico español reside en superar el sistema de planificación urbana vigente que aboca a la congelación del planeamiento general vigente…

Resulta imprescindible, … establecer estrategias flexibles de adaptación del planeamiento a las cambiantes necesidades de la sociedad. Se propone aprobar planes estratégicos municipales que establezcan los requisitos y condiciones técnicas que deben cumplir los futuros nuevos desarrollos urbanos y las actuaciones de regeneración urbana, que se aprobarían a través de planes ejecutivos.  De esta forma, la definición de derechos y deberes urbanísticos no se establecería en el plan estratégico, sino en el plan ejecutivo. No debemos renunciar a planificar, pero sí a predecir el futuro. Un magnífico punto de partida para este nuevo modelo de planificación estratégica puede encontrarse en las agendas urbanas que están aprobando distintos municipios en el marco de la Agenda Urbana Española.

Por último para salir del impasse en el que lleva atascado el urbanismo español desde hace decenios y para evitar que tengan que seguir produciéndose retiradas de textos legislativos como la que aquí comentamos, Felipe Iglesias recuerda que “este cambio de paradigma de la planificación debe hacerse desde el consenso de las Administraciones estatal, autonómicas y locales.

JULIO VINUESA

martes, 21 de mayo de 2024

ALGUNAS BREVES CONSIDERACIONES SOBRE EL “PROBLEMA" DE LA BAJA NATALIDAD

 Desde hace algún tiempo proliferan las noticias y opiniones sobre la "extremadamente baja" natalidad de la población española, interpretándose como un "grave problema" que hay que atajar. Podría pensarse que se ha descubierto ahora que la natalidad registra en nuestra sociedad una evolución descendente desde hace ya 50 años y que llevamos decenios batiendo récords de baja fecundidad en Europa y en el mundo.

lunes, 13 de mayo de 2024

LA VIVIENDA COMO FACTOR ESENCIAL EN EL DESARROLLO SOSTENIBLE Y EN LA INTERNACIONALIZACIÓN DE MADRID


La Universidad Carlos III y el Ayuntamiento de Madrid organizan una Jornada sobre la Internacionalización de Madrid en la que se me encarga que exponga algunas ideas sobre la “sostenibilidad de la vivienda”.


En síntesis, estas han sido las ideas que he tenido la oportunidad de exponer:

El concepto de “VIVIENDA” es poliédrico, hay que observar a la vivienda desde distintas perspectivas y con distintos objetivos. Si nos centramos en el desarrollo sostenible hay que considerar que:

  •      Disponer de una vivienda es un derecho humano reconocido con carácter universal
  •      La vivienda es una porción del espacio urbano de uso privado y, en conjunto, suponen la mayor parte de la superficie construida. 
  •      De las características de la vivienda depende la calidad de vida de las personas.
  •      La vivienda es un activo económico y puede ser una inversión o una forma de ahorro. El sector inmobiliario tiene un gran peso en el PIB de la ciudad y gran incidencia en las Haciendas Locales.

También el concepto de DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE requiere algunas puntualizaciones: Generalmente el desarrollo urbano se identifica con los procesos de crecimiento espacial, económico y demográfico, pero ese planteamiento es claramente contrario a la sostenibilidad.  El desarrollo urbano para que sea sostenible debe suponer: mayores niveles de equidad, mayor eficiencia económica, mejoras en la satisfacción de los derechos básicos de las personas (vivienda, sanidad, educación, trabajo… ) y ha de producirse dentro del marco de los objetivos de la Agenda 2030. 

Para que el desarrollo urbano sea sostenible sus viviendas han de ser asequibles económicamente. Es decir, no deben estar por encima de la capacidad de renta de sus residentes, no evolucionar por encima de los salarios. Una oferta de vivienda excesivamente cara repercute al alza en los salarios y termina incidiendo negativamente en la eficiencia económica de la ciudad, lo que actuará como un factor negativo de localización, haciéndola menos competitiva y poniendo en cuestión su internacionalización.

Cuando la vivienda no es asequible el desarrollo de la ciudad se hace insostenible en términos sociales. El precio de la vivienda va a acentuar los desequilibrios socio-espaciales y puede convertirse en el principal factor de exclusión. Hay pocos procesos más insostenibles que el crecimiento de las desigualdades.

En otro orden de cosas, la industria de la construcción de viviendas nos enfrenta, de una manera muy directa, a la sostenibilidad medioambiental. El crecimiento espacial debe adaptar el consumo de materias primas: en primer lugar el suelo, que es imprescindible y limitado. Tanto el sector inmobiliario como las administraciones públicas deben corregir sus actitudes desarrollistas, dejando de actuar como si el suelo urbano, el territorio, estuviera destinado a construirse sobre él lo más posible y lo antes posible, hasta su total colmatación. Es una actitud desarrollista que se mantiene durante decenios y que es claramente opuesta a la sostenibilidad. 

La industria de la construcción, de la mano de las nuevas tecnologías, debe avanzar con rapidez en la reducción de la “huella de carbono”, desde el diseño de los proyectos, las materias primas utilizadas y el consumo de energía en la edificación. También hay que seguir avanzando en optimizar la eficiencia energética en la utilización de las nuevas viviendas, con el objetivo de que lleguen a tener “consumos cero”. Objetivo necesario para el medioambiente y conveniente económicamente para los usuarios. 

Pero el mayor reto está en actuar sobre el parque inmobiliario existente, con unos niveles de eficiencia energética muy por debajo de los estándares necesarios para aproximarnos a los objetivos de la Agenda 2030. Es prioritario mejorar la eficiencia energética de las viviendas que conforman la mayor parte del parque residencial de nuestras ciudades. 

En conclusión:

  • Las viviendas, el parque residencial en su conjunto, juega un papel fundamental en la sostenibilidad y la internacionalización de Madrid. 
  • No será sostenible una ciudad en la que crezcan las desigualdades que propicia un mercado de vivienda excesivamente caro.
  • La vivienda mas sostenible es la que no se construye. Hay que tender a construir sólo las viviendas en función de las necesidades: qué viviendas, dónde y para quien. 
  • Es necesario reducir la huella de carbono del proceso de construcción y mejorar la eficiencia energética de todo el parque residencial existente.
Julio Vinuesa

jueves, 9 de mayo de 2024

LAS PERSONAS MAYORES Y EL ESPACIO URBANO

 


Participación en un ciclo sobre Vivienda, Ciudad y Territorio, organizado por la Asociación ISEGORIA

 

En la sesión he propuesto algunas reflexiones sobre la interacción existente entre la “población mayor” y un espacio urbano en transformación, los problemas y las oportunidades.  

 

Desde hace medio siglo la dinámica demográfica acelera el proceso de envejecimiento de la población, provocado por dos causas distintas y con efectos diferentes: disminuye la natalidad y aumenta la esperanza de vida. De la segunda se deriva la existencia de un grupo social nuevo, muy numeroso y creciente y que no existía hace cincuenta años: el de las “personas mayores”.

 

El grupo de “personas mayores”, en contra de la homogeneidad que se le supone, presenta una gran heterogeneidad, que se acentúa en la medida en que se amplia como efecto de la prolongación de la vida. Ello invita a reflexionar acerca de la necesidad de revisar los criterios y actitudes sobre el significado de la edad. Los prejuicios con respecto a la edad responden a una actitud antigua y quizás no se le está prestando la atención necesaria. Los términos “edadismo”, “viejismo” hacen referencia a los estereotipos y prejuicios existentes en relación a la edad, que tienen graves consecuencias especialmente para las personas mayores. Las informaciones disponibles y la capacidad de análisis de las nuevas tecnologías permitirían realizar tipologías de personas más precisas y detalladas. La utilización de otros criterios, más allá de la fecha de nacimiento, permitiría unas respuestas normativas mas acorde con la realidad, por ejemplo al establecer la edad de jubilación. 

 

La práctica totalidad de los elementos que condicionan la calidad de vida de las personas mayores tienen carácter local. Hay que centrar la atención en la respuesta que reciben las personas mayores al derecho a una vivienda digna y adecuada y al derecho a la ciudad, que son indisociables. Tal como viene señalando la OMS, “las personas mayores, en particular, requieren entornos de vida facilitadores y de apoyo para compensar los cambios físicos y sociales asociados al envejecimiento”. Hay que facilitar la adecuación de sus viviendas y poner a su disposición los equipamientos y servicios accesibles y adecuados a sus específicas y crecientes necesidades sanitarias y de dependencia. También deberán incrementarse las dotaciones de los equipamientos facilitadores de las relaciones sociales.

 

En muchas de nuestras ciudades predominan los espacios urbanos creados en las décadas de los 50 a los 80 mediante crecimientos muy rápidos, de los que resultan unas estructuras de población con perfiles sociales y de edad muy marcados y parques residenciales de escasa calidad y actualmente deteriorados, con déficit de accesibilidad, de confort térmico, de eficiencia energética… Es necesario un gran esfuerzo de regeneración y adecuación, que no se está haciendo. Al contrario, la falta del necesario control urbanístico, hace que prosperen en las zonas centrales procesos de expulsión de los residentes por gentrificación y turistificación, que afectan especialmente a la población mayor.

 

En España la inmensa mayoría de las personas mayores son propietarias de su vivienda, lo cual es algo muy positivo desde una perspectiva personal y social, pero también presenta algunos inconvenientes. La seguridad que da la propiedad es una ventaja, pero una estructura de propiedad tan atomizada crea rigideces, por ejemplo, para impulsar y facilitar procesos de regeneración de los edificios o de adecuación de la vivienda a los cambios en la composición del hogar y a las necesidades derivadas de la edad. La vivienda en propiedad, como ahorro, ofrece la oportunidad de utilizar ese patrimonio inmobiliario personal para hacer frente a las crecientes necesidades sanitarias y de dependencia, pero hacen falta desarrollos normativos que regulen y favorezcan este tipo de soluciones que permitirían obtener rendimientos vitalicios con la propia vivienda. La legislación sobre la herencia está siendo también un obstáculo para una fluida rotación de los patrimonios familiares, con incidencia en el volumen de viviendas que permanecen vacías. 


Julio Vinuesa

viernes, 26 de abril de 2024

¿POR QUÉ NO SE PRESTA MÁS ATENCIÓN Y APOYO A LAS SOLUCIONES QUE OFRECE EL “TERCER SECTOR” PARA HACER ASEQUIBLE LA VIVIENDA?

 Las llamadas “políticas de vivienda” centran la atención en normativas varias que generalmente no son consensuadas y que, en la mayor parte de los casos, no pasan de ser propuestas de actuación, promesas que no llegan a verse plasmadas en realidades tangibles.


Así, las dificultades para acceder a una vivienda digna y adecuada se mantienen invariables a lo largo del tiempo sin que se acabe de reconocer que los diagnósticos y los tratamientos del “problema” vienen siendo recurrentemente erróneos. 

Se reconoce la necesidad de contar con la colaboración de la iniciativa privada y de utilizar todas las formulas posibles para atender la necesidad de una vivienda asequible para todos los niveles de renta, pero no se avanza en esa dirección.

Es muy escasa la atención que prestan los medios a este tema aunque es sobradamente conocida la eficacia de asociaciones sin ánimo de lucro o de lucro limitado en otros países europeos, pero no se apoya con el necesario amparo normativo ni económicamente a las entidades que por iniciativa propia se esfuerzan en ese objetivo en España. Tal es el caso de las integrantes de AVIVAS, “Alianza por la Vivienda Asequible y Social”, que llevan “décadas trabajando para ampliar el parque de vivienda social y asequible desde el no lucro”.
JULIO VINUESA

jueves, 11 de abril de 2024

NUEVO MINISTERIO DE VIVIENDA, LAS MISMAS PROMESAS

 En la nota de prensa publicada por el Ministerio de Vivienda tras la reunión de varios miembros del Gobierno con cerca de una veintena de “representantes de las entidades del sector de la vivienda”, la ministra destaca las ideas fundamentales en cuanto a las intenciones y la actuaciones ya “puestas en marcha” por el Gobierno:

 

·      “No nos conformamos con una reunión al año. El Gobierno se compromete a mantener este tipo de reuniones semestralmente y el presidente asistirá, por lo menos, una vez al año”. 

 

·      “Coincidimos en el objetivo de aumentar la oferta para garantizar el derecho a una vivienda asequible”. 

 

·      “Todos estamos unidos en este objetivo común y de aquí ha salido hoy el compromiso de fortalecer la colaboración público-privada para incrementar el parque público y los procesos de agilización para incrementar la vivienda asequible”. 

 

·      “El Gobierno no dejará sin poner en marcha ningún instrumento del Estado para resolver el problema del acceso a la vivienda”

 

·      La ministra “se ha dirigido también a los propietarios de una vivienda en alquiler para señalar que “en su mayor parte, el 95% de estas viviendas son de particulares” y el Gobierno va a trabajar para “aportar certeza, seguridad jurídica y garantías” con el fin de que “puedan poner más viviendas a disposición del alquiler asequible”.

 

·      Ya se han “puesto en marcha”: 

o   el desarrollo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia 

o   los avales y préstamos con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) 

o   y la modificación de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. 

 

 

 

La necesidad de la colaboración público-privada es una obviedad, muchas veces reclamada, pero deberá efectuarse dentro del marco de un Pacto de Estado, que, por difícil que sea, es imprescindible para garantizar también la cooperación de todas las administraciones. Para incrementar el parque público y generar la oferta suficiente de vivienda asequible será necesario mantener las mismas políticas durante muchas legislaturas.

 

Si se cumple la promesa de que el Gobierno va a “aportar certeza, seguridad jurídica y garantías” a los “propietarios particulares” de viviendas con el fin de que “puedan poner más viviendas a disposición del alquiler asequible”, será mucho más efectiva que las disposiciones actualmente vigentes, que actúan en sentido contrario, pretendiendo establecer “zonas tensionadas” y “precios de referencia” a los alquileres. No parece razonable que entre los representantes de las entidades del sector de la vivienda” participantes en la reunión con el gobierno no estuviera invitada la Asociación de Propietarios de Vivienda en Alquiler (ASVAL). Uno de los errores de la Ley por el Derecho a la Vivienda es haber considerado a los arrendadores como parte del problema en lugar de buscar su colaboración para que se convierta en parte de la solución.

 

Por lo que respecta a las actuaciones puestas en marcha:

·      Falta información puntual y detallada sobre la ejecución del PRTR.

·      Con respecto a la oportunidad de los avales del ICO, ya hemos expresado nuestras dudas.

·      En cuanto a las modificaciones de la Ley del Suelo para aportar seguridad jurídica y agilizar los procesos administrativos no dejan de ser medidas paliativas mientras se acomete el necesario cambio de modelo en la acción pública para la ordenación del desarrollo urbano en defensa del interés general.



lunes, 8 de abril de 2024

SE NECESITAN SOLUCIONES PERMANENTES, NO SOLO “PARCHES”

 

Utilizar el patrimonio municipal del suelo para afrontar el problema de la vivienda mas que una propuesta acertada es una necesidad, pero enajenarlo es un error.




En nota de prensa  el Ayuntamiento de Madrid anunció el pasado febrero el lanzamiento de un “nuevo modelo de gestión del suelo para promover el alquiler social asequible". Se dice que es la primera vez que el Ayuntamiento de Madrid afronta el problema de la vivienda mediante lo que denomina Estrategia de Gestión de Patrimonio de Suelo 2023-2027. Se presenta como un nuevo modelo de gestión del ayuntamiento que persigue aumentar la oferta de alquiler a precios asequibles, pero adolece de un grave error: la enajenación del suelo publico. 

Se anuncia la construcción de 640 viviendas distribuidas en las 12 parcelas que se enajenan y que están localizadas en 8 distritos distintos, lo cual sería muy de valorar por los aspectos positivos que comporta en aras del equilibrio y la cohesión territorial. 

El suelo va a ser enajenado, adjudicándose mediante convocatoria de concurso público en el que lo que más se valorará de las propuestas de los promotores es la limitación del precio del alquiler (60%), mientras que la propuesta edificatoria (20%) y la propuesta económica más ventajosa (20%) tendrán un peso mucho menor. 

El precio máximo de arrendamiento no podrá superar el 25 % de los ingresos de la unidad familiar y el 25% de las viviendas deberán reservarse para jóvenes de hasta 35 años. En este caso las dudas surgen en relación con la forma en que se gestione la selección de los inquilinos y la determinación de los precios de los alquileres. Según se indica en la “Estrategia”, habrá que tener en cuenta los precios del mercado y del esfuerzo económico a soportar por cada familia. 

Se dice que las mayores minoraciones de los precios de los alquileres con respecto a los del mercado se producirán en las zonas que “identifique un mayor desequilibrio entre los precios del mercado del alquiler y la renta media por hogar” y que con ello se busca también “moderar las rentas de alquiler de la vivienda libre”. Siendo posible un cierto efecto positivo sobre el mercado, no cabe ser muy optimista mientras esta oferta no sirva para atender permanentemente una parte significativa de la necesidad de vivienda. También dependerá de lo restringida que sea la población potencialmente beneficiaria de una de estas viviendas.

Pero lo más cuestionable es que los promotores solo están obligados a mantener las limitaciones de precios del alquiler (y la cesión en alquiler) durante 15 años. Esa es la fecha de caducidad del efecto positivo que se persigue con esta actuación en la que, al venderse el suelo, el Ayuntamiento pierde la capacidad para seguir utilizando un recurso público fundamental con el que poder atender la necesidad de los madrileños de una vivienda en alquiler a precios asequibles.   

Es razonable pensar que el diseño de la estrategia esté condicionado por exigencias de equilibrio en las financias locales y por las expectativas de rentabilidad de los adjudicatarios de las parcelas. Pero es necesario encontrar formulas acordes con la capacidad de las finanzas locales manteniendo el patrimonio público de suelo. No es tarea simple ni fácil. Para crear y mantener indefinidamente un parque de viviendas en alquiler a precios asequibles hará falta tiempo, pero no se logrará si no se conserva y se incrementar el patrimonio publico de suelo.

También es una condición necesaria la colaboración de las administraciones con agentes privados, especialmente si se trata de organizaciones sin ánimo de lucro o de lucro limitado, pero nunca mediante la enajenación del suelo público. En este caso la medida puede tener un efecto positivo de duración limitada (un "parche”), pero a medio y largo plazo será contraproducente.  

Julio Vinuesa

lunes, 11 de marzo de 2024

LOS IMPUSTOS A LA VIVIENDA VACÍA: UN EJEMPLO MÁS DE LOS PERSISTENTES ERRORES EN POLÍTICA DE VIVIENDA

 El Instituto Catalán de Evaluación de políticas públicas ha publicado el informe de “Evaluación del Impacto del Impuesto sobre las viviendas vacías de Cataluña”. Las conclusiones vienen a refrendar lo que ya se conoce desde hace muchos años: La penalización económica a los propietarios de viviendas vacías no es operativa ni ayuda a mejorar la oferta de alquiler. 




En 2015, el Parlamento de Cataluña aprobó la Ley 14/2015, del impuesto sobre las viviendas vacías (IHB) con el que se pretende reducir su stock y aumentar así la oferta de alquiler social. En el informe del ivàlua, tras evaluar la modificación en el mercado inmobiliario tras la aplicación el IHB, de dice: “en términos del mercado inmobiliario, no se observan cambios en el porcentaje de viviendas vacías ni en el precio del alquiler como consecuencia del impuesto”.

Al elaborar el informe se duda de la definición de las viviendas vacías y de los datos estadísticos al respecto, así como de la fiabilidad y la expresividad de la información de la evolución de los precios. 

Se advierte, por tanto, de que hay “tener mucho cuidado con las conclusiones… ya que los errores de medida, falta de información y datos temporales durante un período de tiempo prolongado y otros cambios legislativos contemporáneos hace que los estimadores puedan estar sesgados”.

El informe termina con recomendaciones en torno a la necesaria mejora del registro de viviendas vacías y al seguimiento del uso de los recursos obtenidos con el impuesto. Nuevamente se trata de algo recurrente en las políticas de vivienda. Es necesaria más y mejor información para la ejecución de las actuaciones y para la evaluación de sus resultados. 

Hay que insistir una vez más sobre la indeterminación conceptual y jurídica para poder calificar sin riesgo de error una vivienda vacía. La ley por el Derecho a la vivienda,  (Disposición Final Tercera), insiste nuevamente en el mismo error, eludiendo las deficiencias de  experiencias  anteriores.  

Julio Vinuesa

viernes, 1 de marzo de 2024

2.500 MILLONES EN AVALES: NO ES LA SOLUCIÓN, ES REPETIR UN ERROR

 


 
Compartimos el artículo que hemos publicado el día 29/02/2024 en 


"... el Gobierno ha puesto en marcha a través del ICO una línea de avales para “facilitar que unos 50.000 jóvenes y familias con menores a cargo adquieran su primera vivienda”..."

...."Ofrecer avales para endeudarse al 100% puede ser más un riesgo que una auténtica solución para los hogares, que podrán verse atrapados en unas arriesgadas exigencias de pagos durante muchos años."

...Por la propia dinámica del mercado, los avales animarán la demanda ...  provocará la subida de los precios, lo que pone de manifiesto que esa medida a quien, realmente, ayuda es a la oferta. "


La medida de los avales a las hipotecas viene "madurando" desde junio de 2020.

viernes, 23 de febrero de 2024

¿EL 80% DE LOS CATALANES A FAVOR DE LA REGULACIÓN DE LOS PRECIOS DE LA VIVIENDA? NO NOS HAGAMOS "TRAMPAS EN EL SOLITARIO"

 


Según la “Encuesta de valores en Cataluña, 2023”, elaborada por el CEO de la Generalitat: “ocho de cada 10 catalanes creen que se deberían regular los precios de los alquileres".


Es el resultado de una de las respuestas del cuestionario de 96 preguntas, algunas -como la que nos ocupa- son afirmaciones sobre aspectos tan relevantes como absolutamente dispares, para que los encuestados expresen su grado de acuerdo:

 



Si de verdad queremos resolver el problema de la vivienda, no deberíamos hacernos “trampas en el solitario”. Si la muestra de la encuesta es representativa, mas del 80% de los encuestados son propietarios de una vivienda. ¿Alguien puede creer que se obtendría la misma unanimidad en la respuesta si en la encuesta se pregunta si deben regularse los precios de todas las viviendas, también los de venta? 


Es un error disociar los mercados de alquiler y de venta. El precio del alquiler guarda relación con el valor de la vivienda, es la rentabilidad de la inversión que ha supuesto la compra. 


¿Se puede cuestionar que los propietarios de una vivienda deseen, legítimamente, que su vivienda, su inversión, su patrimonio, aumente progresivamente de precio Ese deseo no seria diferente si se ha comprado la vivienda como inversión para obtener una rentabilidad o si se trata de la residencia familiar. Seguro que los encuestados propietarios no estarían de acuerdo con que se limitase, incluso se redujese, por ley el valor en el mercado de su patrimonio, la herencia de sus hijos.  Se opondrían tajantemente. Imaginar otro comportamiento es confundir los deseos con la realidad. 


Por encima de las respuestas a "preguntas trampa" (por el contexto social en que se formulan) la experiencia enseña que la intervención en el mercado para controlar por ley los precios del alquiler no resulta eficaz y solo su anuncio ya provoca efectos contrarios a los que se persigue. La acción pública tiene que centrarse, mediante acciones positivas de diversa naturaleza, en conseguir una oferta suficiente de viviendas en alquiler a precios asequibles, regulados al margen del mercado

Julo Vinuesa

lunes, 12 de febrero de 2024

REFLEXIONES SOBRE LA DECLARACIÓN DE "ZONAS DE MERCADO RESIDENCIAL TENSIONADO"


La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, (art.18) abre la posibilidad de que las “administraciones competentes” declaren “zonas de mercado residencial tensionado” cuando “exista un especial riesgo de oferta insuficiente de vivienda para la población”, con objeto de poder aplicar en ellas medidas que “hagan asequible” la oferta. De las posibilidades de actuación que ofrece el art. 18, la regulación de los precios del alquiler es la que ha tenido mayor resonancia, quizás por las previsibles “reacciones defensivas” de los arrendadores, por los temores a los posibles efectos perversos que podría provocar y por las dudas que surgen en cuanto a la operatividad y la eficacia de su aplicación.
Un mercado de vivienda excesivamente caro constituye un factor de localización negativo (incluso de expulsión) para los hogares y también es un filtro para las actividades económicas en la ciudad. En una economía de mercado, como la que rige en nuestras ciudades, los precios del suelo y de la vivienda son causa de la segregación social a través de la organización del espacio urbano. La vivienda, en compra o alquiler, es un bien costoso por naturaleza y los procesos de encarecimiento (reiterados a lo largo de la historia)  exigen un esfuerzo económico excesivo para la inmensa mayoría de la sociedad y la hacen inasequible para los segmentos de población con menos nivel de renta. 

Cuando el mercado no es capaz de proporcionar una oferta asequible, se hace necesaria la intervención subsidiaria de los poderes públicos para garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada. Pero, con frecuencia, urgidos por el agravamiento del problema, intervienen con medidas paliativas sobre las consecuencias, en lugar de afrontar la corrección de las causas: tal es el caso de las medidas con las que se pretende controlar administrativamente los precios de mercado. 

El citado artículo 18 de la Ley establece el procedimiento a seguir para la “declaración de zonas de mercado residencial tensionado”, que debe justificarse con “indicadores de los precios en alquiler y venta de diferentes tipos de viviendas… indicadores de nivel de renta disponible de los hogares residentes y su evolución en el tiempo”, con objeto de “medir la evolución del esfuerzo económico que tienen que realizar los hogares para disponer de una vivienda digna y adecuada”. 

La primera dificultad técnica que planteará el procedimiento será poner los límites territoriales correctos a la zona en la que, según valores medios de precios y de rentas, “exista un especial riesgo de oferta insuficiente”. Como es bien sabido, los valores medios de los indicadores que determinan la condición de un “área problema” pueden variar en función de su delimitación. Además, en muchos ámbitos urbanos, los valores medios estarán ocultando una fuerte dispersión. Incluso en el supuesto de que, para delimitar las “zonas tensionadas”, se utilizaran técnicas de análisis georreferenciado, la probable dispersión estadística de los valores, la ausencia de homogeneidad, podría eliminar su utilidad. Todo ello, sin entrar a cuestionar la dudosa fiabilidad de los datos de precios.

La elevación de los precios medios de alquiler, que se quiere combatir con las medidas reguladoras, no siempre será consecuencia de las tendencias alcistas del mercado. Por ejemplo, en un área central con un parque antiguo y degradado, la renovación de algunos inmuebles, para convertirlos en apartamentos de lujo en alquiler, puede llevar a diagnosticar erróneamente el aumento de los precios medios  en la zona. Es amplia la casuística de las inconsistencias que se pueden producir por el “voluntarismo” de fijar unos precios homogéneos de referencia para ofertas de viviendas muy heterogéneas (antigüedad, conservación, tamaño, distribución, orientación, equipamientos, planta, tipo de edificio, calle, entorno urbano…). 

Similares cuestionamientos pueden plantearse en relación con la pretensión de que el nivel medio de renta disponible de los hogares residentes en “la zona” (probablemente muy diversos en tamaño y composición) sirva para detectar con la precisión necesaria los hogares en situación de “esfuerzo económico” excesivo o excluyente. 

Con todo, la principal deficiencia del procedimiento, que obliga a dudar de su operatividad y de su eficacia para el fin que se persigue, está en la interpretación errónea que se hace del “mercado residencial”. El procedimiento propone delimitar y calificar una “zona de mercado residencial tensionado”, considerando sólo la oferta y la demanda interna del ámbito, con el propósito fundamental de regular en ella los precios del alquiler para hacerlos asequibles a “la población residente”. No se tiene en cuenta que, en realidad, el mercado de vivienda incluye también una potencial demanda exógena. Los mercados mas tensionados se localizan en ámbitos de carácter metropolitano y, como ya se ha dicho, será complicado delimitar “zonas tensionadas” por los precios de los alquileres, pero es un error conceptual querer circunscribir a espacios concretos los hogares en situación de sobreesfuerzo e inasequibilidad. ¿Se va a priorizar el derecho a la vivienda de los hogares en función de su lugar de residencia?

Con la “declaración de zona tensionada” se intenta corregir una situación de “oferta insuficiente” para la “población de la zona”, pero la oferta de precios asequibles, que hipotéticamente se generaría, quedaría, inevitablemente, también a disposición de los hogares procedentes de fuera de la zona y razonablemente, en igualdad de condiciones, los arrendadores preferirán a los inquilinos que dispongan de una mayor renta disponible. La limitación administrativa de los precios no favorecería necesariamente a residentes de la zona tensionada, ni a los que tengan que hacer un mayor esfuerzo económico para pagar el alquiler. 

Además, antes de declarar una “zona tensionada” habría que considerar, también, algunos posibles efectos colaterales negativos: ¿Se ha pensado que la aplicación de limitaciones de precios en zonas con mayor centralidad, favorezca, por ejemplo, los procesos de gentrificación?  ¿Cómo se va a impedir que la oferta de alquiler residencial, derive hacia otros usos sin restricciones de precios (alquiler de temporada, uso turístico…)?  ¿Cómo se van a evitar las consecuencias negativas de los inevitables “efectos frontera” entre zonas con diferentes regulaciones?

Julio Vinuesa

sábado, 10 de febrero de 2024

MÁS SOBRE EL CONTINUISMO DE LA "OPERACIÓN CAMPAMENTO" EN LOS MODELOS DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

 


Traemos aquí  algunas opiniones vertidas en un articulo publicado en "
El Salto"





-----------------------


-------------------------------------------------------------


Recuperar la "Operación Campamento" es, en realidad, continuar con un modelo de desarrollo urbano propio de otras épocas. Mas acorde con el pasado que útil para atender las necesidades actuales y futuras de vivienda. 


Hay que insistir en que, en gran medida, la gravedad del problema de la vivienda se debe a la práctica inexistencia de un parque público de vivienda y a la insuficiente inversión pública, en ambos estamos muy por debajo de los principales países de la UE. Buena parte de la solución pasa, necesariamente, por disponer de suelo público sobre el que promocionar vivienda en alquiler a precios asequibles. 


Para intentar actuar eficazmente sobre el problema  hay que comenzar por un conocimiento riguroso del parque existente y de las necesidades de vivienda, diferenciando  necesidad y demanda. Priorizar le regeneración de los parques residenciales existentes, para optimizar su uso, con la finalidad de maximizar la oferta de alquiler asequible, mejorando la habitabilidad y la eficiencia energética. 

 

En la promoción de nuevas viviendas la política para satisfacer el derecho a la vivienda debería centrarse en un pacto social, mejorar la cooperación y coordinación interadministrativa para llegar a disponer de un parque de vivienda en alquiler a precios asequibles, que sea capaz de atender con la flexibilidad requerida las necesidades de vivienda de al menos un 20% de todos los hogares.

Julio Vinuesa

lunes, 27 de noviembre de 2023

NADA NUEVO: EQUÍVOCOS SOBRE VIVIENDA PARA PROMOVER SUELO

 Comentarios a un ejemplo más del "papel finalista" de la prensa en favor de los intereses de los propietarios de suelo o del sector inmobiliario en general. 

No es fácil concentrar más inconsistencias y más contradicciones en la argumentación, ni más medias verdades y  falsedades  que las que se encuentran en este artículo, que se publica en vísperas de que el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid apruebe definitivamente las nuevas normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

El problema no es "equivocar" el diagnóstico en cuanto a la demanda de vivienda.  Lo grave es mantener la falsedad de que el desarrollo de nuevos suelos y la construcción de más viviendas será la solución para hacerlas asequibles.


 



Al buscar explicación a que el precio de la vivienda se mantenga "resiliente" (sic) cita "el aumento significativo de los flujos de inmigración". ¿Está homologando a todos los inmigrantes con los que más bien habría que denominar inversores extranjeros? 


Se afirma con datos que la oferta sigue siendo "limitada e insuficiente", pero se omite el año de referencia y, sobre todo, hay un error básico que invalida toda la argumentación. Por definición (INE), el número de hogares coincide con el número de viviendas principales. En el artículo se dice “creación neta de hogares” (?), pero lo que interesa, a efectos de que haya oferta suficiente para las necesidades de primera vivienda (vuelven a equipararse erróneamente demanda y necesidad de vivienda), es el saldo neto de hogares (diferencia entre los que aparecen y los que desaparecen)  y ese saldo o crecimiento es, por tanto, igual a la diferencia del número de hogares existentes al principio y al final del período en cuestión.  Pues bien, hay que rectificar nuevamente esta información errónea utilizada en artículos de prensa como éste. Según el INE en 1/1/2021 había en España 455.531 más que en 1/1/2011, lo que supone un aumento medio de menos de 46.000 hogares al año. No 286.000, como se dice.



Realmente el objetivo del artículo es proponer como solución "liberar suelo finalista en grandes desarrollos", lo que se pretende respaldar, con datos incorrectos, por la necesidad de  “impulsar urgentemente la oferta de vivIenda”.


Es absolutamente necesaria la colaboración publico-privada, pero en el artículo falta concretar que si hay participación pública el alquiler deberá ser a precios asequibles y sin posibles futuras descalificaciones.


JULIO VINUESA